COMUNICADO URGENTE
LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, DEL VICEMINISTERIO DE TRANSPORTE INFORMA a TODOS LOS CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS autorizados para la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros, lo siguiente:
Que en cumplimiento al Decreto Legislativo 783 emitido el 26 de noviembre del 2020, publicado en el Diario Oficial No. 251 Tomo 429 de fecha jueves 17 de diciembre de 2020, del 1 al 09 DE DICIEMBRE DE 2021, se habilitará la recepción de solicitudes de COMPENSACIÓN ECONÓMICA correspondiente al mes de NOVIEMBRE DE 2021, para todos los concesionarios y permisionarios que cumplan con todos los requisitos establecidos en el referido Decreto, de conformidad al procedimiento y programación publicada. Los formularios y programación pueden ser descargados desde el sitio web del Viceministerio.
Además, se hace del conocimiento de todos los concesionarios y permisionarios, que en la unidad de atención al usuario se estarán verificando que los documentos presentados cumplan con todas las formalidades exigidas, por lo que es necesario que se apeguen a la programación, tanto para la solicitud que realizan vía call center como para la entrega de los documentos en físico, puesto que no se estará atendiendo fuera de la programación establecida.
A efecto de evitar inconvenientes y/o retrasos en el pago de la compensación, se recomienda lo siguiente:
· La solicitud debe ser suscrita por el concesionario, permisionario o presidente de caja única, de conformidad al acuerdo inscrito y su firma autenticada por notario;
· En el caso que las solicitudes sean suscritas por un apoderado (tramitador), la firma deberá ser autenticada por notario, quien deberá dar fe de la calidad y facultades suficientes con las que se actúa;
· Las solicitudes de compensación deberán ser presentadas con el Formulario DGTT-CO-F01 Versión 1.2., en el cual se deberán consignar el lugar y medios técnicos para recibir notificaciones, tanto del solicitante como de las personas autorizadas (tramitador);
· La FECHA y HORA consignada en la solicitud de compensación económica, la auténtica y declaración jurada, deberán coincidir y ser previas a la presentación de la
solicitud en el Viceministerio de Transporte, por lo que se requiere que previo a llamar al call center se tengan preparados los documentos (solicitud y declaración jurada);
· Los pagos de la compensación económica se realizarán única y exclusivamente a las cuentas bancarias que estén a nombre del concesionario y/o permisionario autorizado, por tanto, no podrá efectuarse pago a aquellos concesionarios o permisionarios que tengan registrado una cuenta bancaria a nombre de terceros;
· Todas las firmas plasmadas en los documentos presentados deberán ser conforme al DUI.
Santa Tecla, La Libertad, 30 de noviembre de 2021.