COMUNICADO URGENTE
LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, DEL VICEMINISTERIO DE TRANSPORTE INFORMA a TODOS LOS CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS autorizados para la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros, lo siguiente:
Que en
cumplimiento al Decreto Legislativo 783 emitido el 26 de noviembre del
2020, publicado en el Diario Oficial N° 251 Tomo 429 de fecha jueves 17 de
diciembre de 2020, del 3 hasta el 11 DE ENERO
DE 2022, se habilitará la recepción de solicitudes para pago de la COMPENSACIÓN ECONÓMICA, correspondiente
al mes de DICIEMBRE 2021 que cumplan
con los requisitos establecidos en el referido Decreto y de conformidad al
procedimiento y programación publicada. Los formularios y programación pueden
ser descargados desde el sitio web del Viceministerio.
A partir
de la recepción de solicitudes de julio 2021, se está verificando en la unidad
de atención al usuario que los documentos presentados cumplan con todas las
formalidades exigidas, por lo que es necesario que se apeguen a la programación,
tanto para la solicitud que realizan vía call center como para la entrega de
los documentos en físico, puesto que no se estará atendiendo fuera de la
programación establecida.
A efecto
de evitar inconvenientes y/o retrasos en el pago de la compensación, se
recomienda lo siguiente:
·
La solicitud debe ser suscrita por el concesionario, permisionario o
presidente de caja única, de conformidad al acuerdo inscrito y su firma
autenticada por notario.
·
En el caso que las solicitudes sean suscritas por un apoderado (tramitador),
la firma deberá ser autenticada por notario, quien deberá dar fe de la calidad
y facultades suficientes con las que se actúa.
·
Las solicitudes de compensación deberán ser presentadas con el Formulario
DGTT-CO-F01 Versión 1.2., en el cual se deberán consignar el lugar y medios
técnicos para notificar tanto del solicitante como de las personas autorizadas
(tramitador).
·
La FECHA y HORA consignada en la solicitud de compensación económica, la
auténtica y declaración jurada, deberán coincidir y ser previas a la
presentación de la solicitud en el Viceministerio de Transporte, por lo que se
requiere que previo a llamar al call center se tengan preparados los documentos
(solicitud y declaración jurada).
·
Los pagos de la compensación económica se realizarán única y exclusivamente
a las cuentas bancarias que estén a nombre del concesionario y/o permisionario
autorizado, por tanto, no podrá efectuarse pago a aquellos concesionarios o
permisionarios que tengan registrado una cuenta bancaria a nombre de terceros.
·
Todas las firmas plasmadas en los documentos presentados deberán ser
conforme al DUI.
Dado lo anterior, se solicita que en caso de no
tener registrada la cuenta bancaria conforme a lo antes descrito, iniciar el
proceso de cambio del acuerdo de caja única respectiva.
Santa Tecla, La Libertad, 22 de diciembre de 2021.