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Recepción de Documentos para Compensación Económica FEBRERO 2022

COMUNICADO URGENTE

LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, DEL VICEMINISTERIO DE TRANSPORTE INFORMA a TODOS LOS PRESIDENTES DE CAJA ÚNICA, lo siguiente:

Que en cumplimiento al Decreto Legislativo 257 emitido el 22 de diciembre de 2021, publicado en el Diario Oficial N° 245 Tomo 433 de fecha 23 de diciembre de 2021, del 01 al 07 DE MARZO DE 2022, se habilitará la recepción de SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA correspondientes al mes de FEBRERO DE 2022. Las solicitudes de ingreso serán generadas a través de la unidad de Call Center, debiendo presentar la documentación física en la Unidad de Atención al Usuario de SOHO, Santa Ana o San Miguel, de conformidad a la programación publicada y acorde al número de inscripción de la caja única 2022. La documentación a presentar por cada caja única para la autorización de la compensación económica es la siguiente:

  • Solicitud de Ingreso emitida por la Unidad de Call Center;
  • Solicitud de Autorización de Compensación Económica autenticada por notario;
  • Declaración Jurada otorgada por el presidente de caja única y autenticada por notario.

Los formatos de solicitud de autorización de compensación económica y declaración jurada estarán disponibles en el sitio oficial del Viceministerio de Transporte.

Las obligaciones que deberán cumplir los concesionarios y permisionarios en cada una de las unidades de transporte vinculadas a las solicitudes de autorización de compensación económica en el mes de febrero de 2022 son las siguientes:

  1. Estar solvente de multas de tránsito al 28 de febrero de 2022;
  2. Haber prestado el servicio de transporte colectivo a través de conductores autorizados;
  3. Haber cobrado la tarifa autorizada por la prestación del servicio;
  4. Haber cumplido con el Plan General Operativo de la ruta;
  5. Haber prestado el servicio de transporte con cortesía, corrección y diligencia, a través de vehículos que garanticen la seguridad, comodidad, trato equitativo y digno de los usuarios;
  6. Haber prestado el servicio de transporte colectivo de forma continua, cumpliendo con los protocolos sanitarios y de bioseguridad, usando las terminales y puntos de meta, y permitiendo la supervisión y control de la Dirección General de Transporte Terrestre;
  7. Contar con registro de caja única vigente;
  8. Que el concesionario o permisionario cuente con información actualizada al 28 de febrero de 2022, en el registro correspondiente;
  9. Contar con Permiso de línea y tarjeta de circulación vigente;
  10. Que el vehículo mediante el que se prestó el servicio no supere la antigüedad máxima permitida por la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en febrero de 2022;
  11. Haber prestado el servicio durante un período mínimo de 21 días.

En adición a lo anterior, se les recuerda que para la presentación de la solicitud de compensación correspondiente al mes de febrero, aún se encuentran vigentes los acuerdos de inscripción de caja única transitorios y de no contar con un número de registro de caja única, deberá relacionar el número de caja única del año 2021.

 Santa Tecla, La Libertad, 28 de febrero de 2022.

Publicado el 28-02-2022.